
Beneficios fiscales
Puedes consultar la información completa junto con el proceso de tramitación y encontrar información sobre otras deducciones en el Portal Tributario de la Junta de Extremadura:
La información presentada está actualizada a fecha de 31 de enero de 2023.
A continuación se listan las diferentes líneas de beneficios fiscales en materia de vivienda.
Adquisición o rehabilitación de vivienda para jóvenes o víctimas del terrorismo
Deducción del 3% de las cantidades satisfechas en el periodo que se trate por la adquisición o rehabilitación en Extremadura de Vivienda de Protección Pública (VPP).
Regulado en el Artículo 8 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad
Deducción sobre la cuota íntegra del IRPF del 5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en concepto de alquiler de vivienda habitual, 10% para poblaciones en medio rural. Límite de 300€ y 400€ respectivamente.
Regulado en el Artículo 9 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Adquisición o rehabilitación de vivienda en zonas rurales
Deducción sobre la cuota íntegra del IRPF del 5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en concepto de alquiler de vivienda habitual, 10% para poblaciones en medio rural. Límite de 300€ y 400€ respectivamente.
Regulado en el Artículo 9 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Deducción por intereses de financiación ajena para jóvenes
Deducción del 25% de los intereses satisfechos en el periodo impositivo por préstamos hipotecarios para adquisición de vivienda habitual. Límite de base de deducción de 1.000€ anuales.
Regulado en el Artículo 11 quater del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Deducción en la cuota íntegra autonómica para residentes en ámbito rural
Deducción del 15% del importe de la cuota íntegra autonómica para residentes habituales en municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes.
Regulado en el Artículo 11 ter del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Tipo de gravamen reducido en la adquisición de vivienda de protección oficial
Aplicación de tipo reducido del 4% para trasmisiones de viviendas de protección oficial con precio máximo legal que vayan a constituir el domicilio habitual del adquiriente.
Regulado en el Artículo 39 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Tipo de gravamen reducido en la adquisición de vivienda habitual sin consideración de vivienda de protección oficial
Aplicación de tipo reducido del 7% para trasmisiones de inmuebles sin consideración de vivienda de protección oficial que vayan a constituir el domicilio habitual del adquiriente (sujeto a determinados requisitos).
Regulado en el Artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Bonificación autonómica en la adquisición de vivienda para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad
Bonificación del 20% de la cuota para la adquisición de vivienda habitual a la que le fuese aplicable el tipo reducido del 7% (artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril) para jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad.
Regulado en el Artículo 41 del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Tipo de gravamen reducido en la adquisición de vivienda habitual en ámbito rural
Se aplicará el tipo reducido del 4% a las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual del sujeto pasivo en municipios y entidades menores con menos de 2.000 habitantes.
Regulado en el Artículo 44 bis del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Tipo de gravamen reducido para escrituras públicas de adquisición de vivienda habitual
Aplicación de tipo reducido del 0.75% a las escrituras públicas que documenten la adquisición de vivienda habitual del sujeto pasivo (consultar requisitos). El tipo se reduce al 0.50% para aquellas viviendas ubicadas en zonas rurales.
Regulado en los Artículos 47 y 50 bis del Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado.
Información completa:
(Poblaciones rurales) Art. 50 bis del BOE 148 de 19/06/2018:
(Resto de poblaciones) Art. 47 del BOE 148 de 19/06/2018: